La asamblea de copropietarios es un espacio importante para tomar decisiones sobre la administración del conjunto residencial, generalmente se hacen por lo menos una vez al año en la fecha indicada en el reglamento de la propiedad horizontal; y a falta de fecha, dentro de los tres meses siguientes al vencimiento de cada período presupuestal, el que suele coincidir con el 31 de marzo de cada año.
No a todos los copropietarios les es posible asistir a estas reuniones, por ello, es importante saber qué hacer en caso de no poder asistir.
Ya que además de la multa que la ausencia no justificada le puede ocasionar, de acuerdo con la Ley 675 de 2001, “es potestativo de la Asamblea fijar su valor, en todo caso, no puede ser superior al valor de dos cuotas mensuales de administración”.

En caso de no poder asistir a la asamblea, lo primero que debe hacer es informar a la administración del edificio o conjunto residencial, ya sea por teléfono, correo electrónico o por escrito. Es importante que lo haga con suficiente antelación para que puedan tener en cuenta su ausencia.
Una de las opciones a tener en cuenta en caso de no asistir, es entregar un poder a otra persona para que lo represente en la misma asamblea, esta persona puede ser un familiar, un amigo o un vecino.
El poder debe contener información como los datos del propietario que no puede asistir, los datos del apoderado y las facultades que se le otorgan al apoderado en la asamblea.
Tenga en cuenta que, en algunos casos, es posible participar en la asamblea de forma virtual, esto, en el caso de hacerla a través de una videoconferencia o una plataforma online. Para participar de forma virtual, debe consultar con la administración del edificio o conjunto residencial cómo puede hacerlo.

